¿QUIEN CONTROLARA AL CONTRALOR?

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Publicado el 01/03/2009

Fiscales, interventores, comisión congresal investigadora, viceministerio de Transparencia, investigadores de prensa y ahora la Contraloría de la República. Todo para investigar un supuesto soborno en YPFB. La descomunal estafa nacional basada en doce artículos de la nefasta "Ley de Capitalización" hasta ahora no mereció ni   una hoja de un informe policial ni de Contraloría, pese a que se entregó un patrimonio nacional de más de 1.600 millones de dólares de hace diez años.

 

Es saludable que el actual nuevo Contralor transitorio ponga énfasis en la fiscalización a las irregularidades de entidades públicas, más si son estratégicas como YPFB. Entre las cosas primordiales a revisar es la causa por la que desde que se posesionó el actual gobierno no se ha dado cumplimiento a la Ley de Hidrocarburos y al Estatuto de YPFB, que estipula que el Presidente de esta empresa debe ser nombrado de ternas emanadas por el Parlamento.

 

 

Le corresponderá al Contralor verificar las razones por las que el propio Poder Ejecutivo no ha cumplido su obligación de refundar la institución en 60 días, convirtiéndola en empresa corporativa, transparente y con control social (art. 8 del D.S. 28701 de nacionalización). Por el contrario, ha preferido mantener políticamente el control de la misma y dotar a sus ejecutivos interinos de normas excepcionales, que les permitieron contrataciones y disposiciones casi arbitrarias.

 

Una vez concluida la fiscalización sobre lo anterior, podrá entrar a evaluar las razones de fondo del descontrol en la petrolera estatal. No sólo de la administración de Ramírez, sino, también, desde años pasados, incluyendo la gestión de Jorge Tuto Quiroga, Sánchez de Lozada, Mesa y Rodríguez. Todos ellos mantuvieron interinatos. En todos los casos YPFB se manejó al margen de las normas legales. Las excepciones se volvieron normas cotidianas.

 

 

Pero iremos un poquito más allá. El propio contralor es ahora interino. ¿No habrá que empezar mejor por cualificar el órgano fiscalizador dotándolo de autoridades legitimadas por la elección bajo parámetros constitucionales? ¿Qué valor se le podrá asignar a un informe de la Contraloría evacuado por un militante del partido de gobierno?

 

 

En fin, ¿quien controlará al contralor?