AGUAS DEL SILALA

Por:
Rodolfo Becerra de la Roca

Publicado el 01/05/2009

¿por qué se internacionaliza una concesión privada?

Hay tantos asuntos, principalmente fronterizos, que por la negligencia de los que manejan los intereses del Estado, son descuidados o abandonados y cuando aparecen a la luz pública, si es que aparecen, ya están complicados por falta de oportunidad, ausencia de seguimiento y por carencia de estudios que exigen el celo con que se debe manejar los negocios nacionales.

 

 

Esta irresponsabilidad ha sido permanente, antes y ahora, principalmente con los asuntos relacionados con Chile.

Un problema grave, envuelto en la incompetencia e irresponsabilidad de los bolivianos, es la utilización unilateral y abusiva de las aguas de los manantiales de Quetena, Silala o Siloli, que tiene su origen en la concesión irregular de sus aguas a favor de una empresa privada inglesa, The Antofagasta (Chili) & Bolivia Railway Company Ltd., efectuada por la Prefectura de Potosí, en septiembre de 1908. Ni siquiera a una empresa chilena, menos al Estado chileno.

Al margen de la ilegalidad de forma de dicha concesión de aguas, es incuestionable que se trata de un negocio de derecho privado interno, es decir, sometida sin discusión a la jurisdicción y competencia de las autoridades bolivianas, porque el beneficio está acordado entre la Prefectura de Potosí y una empresa privada inglesa, donde ninguna competencia ni derecho tiene el Gobierno de Chile. Está claro también el objeto de la concesión de uso exclusivo de agua “para la alimentación de sus máquinas que hoy, como se sabe, usan aguas impropias que destruyen sus calderos en poco tiempo, y que tienen que conducir desde largas distancias en estanques, lo que dificulta el tráfico”. O sea un acto jurídico que resolvió ventajosamente un problema de abastecimiento a una empresa privada, cuyo objeto ha concluido al cambiar la tracción de las máquinas a vapor por las de diesel en la década de 1960.

Pero es el caso que la empresa concesionaria, sin facultad ni derecho alguno, amplió el uso de las aguas a otros menesteres, comercializando el líquido elemento con cuantiosas ganancias, de las que no se beneficia el Estado boliviano, propietario de las aguas.

La propiedad íntegra de las aguas concesionadas en 1908 está reconocida en la solicitud de la empresa inglesa de 1908; pues no la habría pedido a quien no es dueño, como tampoco la Prefectura de Potosí se habría arrogado la facultad de otorgar las aguas sin ser de su exclusivo dominio a título de propiedad.

Esta circunstancia se constituye en el fundamento legal más contundente, que destruye toda la falacia de la argumentación chilena de que se trata de aguas de un río internacional que no lo es, porque la canalización y el desvío unilateral y arbitrario de las aguas es artificial, mediante trabajos técnicos, inconsultos y sin autorización de su dueño que es el Estado boliviano.

Si las aguas fueron pedidas a su dueño, y las dio en concesión este propietario, con destino a un objeto determinado que ha fenecido, ¿cómo entonces, se ha llegado a este extremo de estar discutiendo sobre deudas y pagos no efectuados, con quien no tiene arte ni parte en el asunto, como es el Gobierno chileno? Lo que correspondía hacer es que el Gobierno boliviano, por medio del conducto correspondiente, practique la liquidación de la deuda y exija su pago a la empresa deudora, sin intervención de ningún gobierno. Con toda seguridad, esto es lo que haría Chile en una situación parecida a la inversa y sin necesidad de la amenaza de sus tanques y aviones.

Por eso es del todo inexplicable que en la deuda de las aguas del Silala, intervenga un tercero que no es parte del negocio, y que Bolivia haya consentido su inclusión en la Agenda de los 13 Puntos, ¡como si tal fuera un asunto de Estados!

Estamos como en 1878, cuando Bolivia legítimamente gravó con 10 centavos la exportación de salitre a una empresa privada, de paso inglesa, donde se entrometió el Gobierno de Chile que sin empacho alguno invadió Antofagasta, se apropió de nuestro Litoral con ingentes riquezas, y para colmo nos confinó allende la cordillera enclaustrándonos, sujetándonos a una dependencia colonial de dominio e imponiéndonos convenios que siempre le benefician. ¿Qué es esto? ¿Por qué tanto sometimiento a nuestro carcelero? Ya es hora, ahora que supuestamente vivimos tiempos de cambio, de dejar para el pasado el sometimiento vergonzoso a Chile y virar a un comportamiento que cuadra a todo pueblo digno, con la convicción de su derecho que no debe seguir atropellado.

 

No obstante, se dice que el Gobierno estaría concluyendo una nueva renuncia a sus derechos aceptando el pago del 50% de las aguas por un precio ridículo y sin retroactividad, siendo que ha excedido una centuria de aprovechamiento unilateral. ¿Por qué un país pobre puede envilecerse frente a otro que se hizo más poderoso, precisamente gracias a la riqueza despojada de aquél? No hay coherencia en el arreglo.

 

Si tal acuerdo se consuma renunciando a la propiedad del 50% de las aguas, ¿qué diferencia habría entre este acuerdo con la medianería repudiable de Mariano Melgarejo y la traición del Tratado de 1904? Sería mayor el desaguisado, teniendo en cuenta que ya existen estos antecedentes de repulsa por todos los bolivianos.

El Gobierno de Bolivia debe meditar profundamente, antes de cometer lo que podría ser una nueva traición al pueblo de Bolivia, que necesita los recursos del agua para desarrollar sus fronteras.

 


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